[if IE]> [if IE?> <![endif] <title>Comentario sobre la Falsa declaración (misrepresentation): Yves Martineau ~ Venezolanos en Canadá data-ad-client=ca-pub-5297929732532879
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jueves, 5 de julio de 2012

Comentario sobre la Falsa declaración (misrepresentation): Yves Martineau

Estimado Héctor, le invito a leer mi comentario (No. 15) aquí http://loszieglerencanada.com/2012/04/22/trampolin-tramites-residencia-inmigracion/#comments Creo que encontrará un número suficiente de fuentes oficiales y legales.

‎1. Artículo 40 (a) de la Ley de Inmigración y de Protección de los Refugiados, Falsa declaración (misrepresentation). http://laws-lois.justice.gc.ca/eng/acts/I-2.5/page-12.html#docCont

“(traducción libre): Un residente permanente o un extranjero tiene interdicción de territorio por falsa declaración si, directa o indirectamente, presenta una información falsa u omite información pertinente que induce o pudiera inducir en un error en la administración de la Ley.”

Al solicitar la residencia permanente al gobierno federal de Canadá, uno firmó el formulario IMM0008, anexo 5, http://www.cic.gc.ca/francais/pdf/trousses/gogo-play/imm0008_5f.pdf, donde “declara solenmente que tiene la intención de residir de vivir en la provincia de Quebec.” Al firmar este formulario uno “autoriza el gobierno de Canadá a transmitir toda la información necesaria respecto a mi solicitud de residencia permanente en Canadá, inclusive la decisión tomada acerca de la solicitud a las autoridades responsables de la Provincia de Quebec”.

Para candidatos nominados por otra provincia, el formulario de intención es el anexo 4, que tiene una declaración similarhttp://www.cic.gc.ca/english/pdf/kits/forms/imm0008_4e.pdf

Entonces, si uno hace una declaración acerca de su intención de vivir en una provincia pero que nunca tuvo esta intención, en cualquier momento antes de obtener su residencia permanente, el gobierno federal se da cuenta que no era cierto, que era una falsa declaración, el artículo 40 puede aplicarse.

Además, siempre legalmente, en base al artículo 86 de los Reglamentos de la Ley de Inmigración y de Protección de los Refugiados http://laws-lois.justice.gc.ca/eng/regulations/SOR-2002-227/page-33.html#h-39, un extranjero puede obtener la residencia permanente si tiene la intención de residir en Quebec.

Para las demás provincias es el artículo 87 que se aplica http://laws-lois.justice.gc.ca/eng/regulations/SOR-2002-227/page-33.html#h-40

Otra referencia legal, tomada de la Ley de Inmigración de Quebec, artículo 3.1, párafo 5 (http://www2.publicationsduquebec.gouv.qc.ca/dynamicSearch/telecharge.php?type=2&file=/I_0_2/I0_2.html), el gobierno de Quebec tiene todo el derecho de quitarle su Certificado de Selección de Quebec a alguien que no tiene la intención de establecerse en Quebec. Si, aún después de la emisión del CSQ, el gobierno de Quebec se da cuenta que uno no tiene la intención de residir en Quebec, este CSQ puede ser revocado y por ende, hacer imposible la inmigración en la categoría de una persona seleccionada por Quebec.

Otra referencia está en el Boletín Operacional 251http://www.cic.gc.ca/english/resources/manuals/bulletins/2010/ob251.asp

Saludos ;)

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